DERECHO: SUNAT: ESTE JUEVES 15 EMPIEZA LA DECLARACIÓN ELECTRÓNICA DE BENEFICIARIO FINAL

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) informa que, entre el 15 y 23 de setiembre, más de 17 mil contribuyentes deberán cumplir con presentar la declaración informativa de Beneficiario Final. Con esta disposición, las personas jurídicas informarán la identidad de sus beneficiarios finales.

DERECHO: Sunat: Este jueves 15 empieza la declaración electrónica de beneficiario final

Más de 17 mil contribuyentes deberán cumplir con esta obligación

La declaración es 100% virtual y se realiza a través del Formulario Virtual N.° 3800, que cuenta con una versión simplificada disponible en la plataforma electrónica Operaciones en Línea (SOL) que se encuentra en su portal institucional.

En esta oportunidad, los contribuyentes que deben presentar esta declaración son las personas jurídicas domiciliadas en el país que, en el ejercicio , registraron ingresos netos mayores a 500 UIT (S/ 2.2 millones) hasta 1,000 UIT (S/ 4.4 millones).

El beneficiario final es la persona natural que posee acciones o ejerce el control de una empresa, ya sea de forma directa o indirecta, de manera individual o conjunta con otras personas naturales o jurídicas. En caso no sea posible identificarla plenamente, será la persona natural que ocupe el puesto administrativo más alto o de mayor jerarquía.

Las normas del Beneficiario Final tienen como finalidad prevenir la evasión y la elusión tributaria, garantizar el cumplimiento de las obligaciones de asistencia administrativa mutua en materia tributaria -intercambio de información referida a tributos y financiera- y cooperar en la lucha contra el lavado de activos y financiamiento del terrorismo.

Es importante indicar que en junio último cumplieron con presentar la declaración de Beneficiario Final las personas jurídicas domiciliadas en el país que en el ejercicio 2021 registraron ingresos netos mayores a 1,000 UIT (S/ 4.4 millones).

Orientación

Con el objetivo de facilitar el cumplimiento de esta obligación, la SUNAT ha habilitado una sección en su portal institucional para brindar información sobre la Declaración Informativa del Beneficiario Final (https://orientacion.sunat.gob.pe/declaracion-informativa-del-beneficiario-final1).

Asimismo, brinda orientación presencial en sus Centros de Servicios al Contribuyente, telefónica a través de su Central de Consultas y virtual por medio de sus cuentas oficiales en redes sociales.

En caso el contribuyente obligado no cumpla con presentar la declaración oportunamente o consigne información incorrecta, se le aplicará una sanción proporcional a sus ingresos netos, la cual oscilará entre 5 UIT (S/ 23,000) y 50 UIT (S/ 230,000).

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— Diario El Peruano (@DiarioElPeruano) September 12, 2022

FUENTE: El Peruano

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