DERECHO: LEY Nº 31641: PERUANOS RESIDENTES EN EL EXTERIOR PODRÁN USAR LA “MARCA PAÍS PERÚ”

El Congreso de la República oficializó la Ley Nº 31641, que incorpora a los ciudadanos peruanos residentes en el exterior, dentro de los alcances de las acciones y políticas formuladas por PromPerú y les autoriza el uso de la “Marca País Perú”.

DERECHO: Ley Nº 31641: Peruanos residentes en el exterior podrán usar la “Marca País Perú”

Productos y servicios que emprendedores peruanos ofrecen en su lugar de residencia, difundirán la imagen y realidad del Perú.

En ese sentido, la norma los incluye como actores, en el diseño, coordinación, concertación y ejecución de políticas y acciones destinadas a difundir la imagen del en el exterior, quienes además podrán utilizar la marca oficial del Estado siempre que cumplan con los requisitos previstos por la autoridad competente de acuerdo a ley.

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El dispositivo legal encarga al de Comercio Exterior y Turismo la adopción de las acciones pertinentes para adaptar el procedimiento de licenciamiento.

Asimismo, señala que las disposiciones de la presente ley se financian con los recursos propios de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo (PromPerú), sin demandar recursos adicionales al tesoro público.

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Suplemento Jurídica

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Jurídica 833: Prisión preventiva [Nuevo]

Notas respecto a la reciente doctrina vinculante del Tribunal Constitucional

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Jurídica 832: Gratificaciones por navidad

Apuntes acerca del tratamiento laboral

Imagen 3: DERECHO: Ley Nº 31641: Peruanos residentes en el exterior podrán usar la “Marca País Perú”

Jurídica 831: El ejercicio de la defensa del administrado

La recalificación del recurso administrativo y el debido procedimiento

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FUENTE: El Peruano

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