DERECHO: SUNAT: DESDE ESTE JUEVES 01, LA GUÍA DE REMISIÓN ELECTRÓNICA SE EMITIRÁ SOLO POR CANALES DIGITALES

Desde este jueves 1 de diciembre, la Guía de Remisión Electrónica (GRE) Remitente y Transportista podrá emitirse únicamente desde SUNAT Operaciones en Línea (SOL), el aplicativo móvil APP Emprender y utilizando los Sistemas de Emisión Electrónica (SEE) del Contribuyente, informó la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).

DERECHO: Sunat: Desde este jueves 01, la guía de remisión electrónica se emitirá solo por canales digitales

Mediante App Emprender, SEE del contribuyente o el Portal Sunat

Excepcionalmente, hasta el 30 de noviembre de , los contribuyentes pueden emitir sus Guías de Remisión Electrónica (remitente y transportista) a través del SEE del contribuyente o mediante un Operador de Servicios Electrónicos (OSE), considerando las condiciones y requisitos exigibles con anterioridad a la fecha de publicación de la Resolución de Superintendencia N° 123-2022/.

Imagen 1: DERECHO: Sunat: Desde este jueves 01, la guía de remisión electrónica se emitirá solo por canales digitales

La GRE es un documento que se utiliza para sustentar el traslado de las mercancías y con este nuevo modelo de emisión se podrán agilizar estas operaciones, evitando errores al momento de su generación y reduciendo, para mayores beneficios, el tiempo de emisión.

Asimismo, contará con un código QR con el que se podrá sustentar el traslado de los bienes, no siendo necesaria su impresión.

Obligatoriedad

De otro lado, se debe recordar que la obligación de utilizar la Guía de Remisión electrónica (GRE) será progresiva a partir del 1 de enero del próximo año, comenzando con los contribuyentes que desde enero del se inscriban en el RUC u obtengan el alta del RUC.

Adicionalmente, se deberá considerar el tipo de bien transportado, como arroz, azúcar y alcohol etílico sujetos a detracción o IVAP. Cabe precisar que para el traslado de bienes importados o de cemento desde o hacia zonas geográficas que se encuentren bajo el Régimen Especial para el control de bienes fiscalizados, será obligatoria la emisión de la Guía de Remisión Electrónica – Remitente y/o Transportista.

Para el 1 de julio del 2023 se tiene previsto incorporar a los contribuyentes que al 31 de diciembre del 2022 pertenezcan al directorio de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales o al de los Principales Contribuyentes de la Intendencia Lima, Intendencias Regionales u Oficinas Zonales.

Finalmente, se incorporarán todos los contribuyentes que a partir del 1 de enero del deban emitir una guía de remisión remitente o transportista.

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FUENTE: El Peruano

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