DERECHO: SUNAT: DESDE ESTE JUEVES 1°, LA GUÍA DE REMISIÓN ELECTRÓNICA SE EMITIRÁ SOLO POR CANALES DIGITALES

Desde este jueves 1° de diciembre, la Guía de Remisión Electrónica (GRE) Remitente y Transportista se podrá emitirse únicamente desde Sunat Operaciones en Línea (SOL), el aplicativo móvil APP Emprender y utilizando los Sistemas de Emisión Electrónica (SEE) del Contribuyente, informó la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).

DERECHO: Sunat: Desde este jueves 1°, la guía de remisión electrónica se emitirá solo por canales digitales

Mediante App Emprender, SEE del contribuyente o el portal Sunat

Excepcionalmente, hasta el 30 de noviembre del , los contribuyentes pueden emitir sus guías de remisión electrónica (remitente y transportista) mediante el SEE del contribuyente o un Operador de Servicios Electrónicos (OSE), considerando las condiciones y requisitos exigibles con anterioridad a la fecha de publicación de la Resolución de Superintendencia N° 123-2022/SUNAT.

Imagen 1: DERECHO: Sunat: Desde este jueves 1°, la guía de remisión electrónica se emitirá solo por canales digitales

La GRE es un documento que se utiliza para sustentar el traslado de las mercancías y con este nuevo modelo de emisión se podrán agilizar estas operaciones, evitando errores al momento de su generación y reduciendo, para mayores beneficios, el tiempo de emisión.

Asimismo, contará con un código QR con el que se podrá sustentar el traslado de los bienes, no siendo necesaria su impresión.

Obligatoriedad

Por otro lado, la obligación de utilizar la Guía de Remisión electrónica (GRE) será progresiva a partir del 1° de enero del próximo año, comenzando con los contribuyentes que desde enero del se inscriban en el RUC u obtengan el alta del RUC.

Adicionalmente, se deberá considerar el tipo de bien transportado, como arroz, azúcar y alcohol etílico sujetos a detracción o IVAP. Para el traslado de bienes importados o de cemento desde o hacia zonas geográficas que se encuentren en el Régimen Especial para el control de bienes fiscalizados, será obligatoria la emisión de la guía de remisión electrónica – remitente y/o transportista.

Para el 1° de julio del 2023 se tiene previsto la incorporación de los contribuyentes que al 31 de diciembre del 2022 pertenezcan al directorio de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales o al de los Principales Contribuyentes de la Intendencia Lima, intendencias regionales u oficinas zonales.

Finalmente, se incorporarán todos los contribuyentes que a partir del 1° de enero del deban emitir una guía de remisión remitente o transportista.

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FUENTE: El Peruano

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