FERIADO DEL 9 DE DICIEMBRE APLICA PARA TRABAJADORES DEL SECTOR PÚBLICO Y PRIVADO

El feriado del 9 de diciembre es de aplicación tanto para el personal que labora en el sector público como en el sector privado precisó Payet, Rey, Cauvi, Pérez Abogados, al resolver dudas sobre los feriados 8 y 9 de diciembre.

Feriado del 9 de diciembre aplica para trabajadores del sector público y privado

Personal que trabaje hoy tendrá derecho a recibir dos remuneraciones: por el día feriado y por las labores realizadas esos días.

El especialista explicó que, al aplicarse para ambos sectores, todos los trabajadores tienen derecho a gozar de un descanso remunerado en dicha ocasión, sin que exista obligación de compensación con igual tiempo de trabajo.

¿Qué pago le corresponde a los trabajadores por los feriados 8 y 9 de diciembre de ?

El empleador debe entregar a cada trabajador, dentro de los 5 días hábiles de efectuado el depósito, una liquidación de la CTS depositada. La liquidación deberá contener la información detallada de la remuneración computable y el periodo de servicios que se cancela. Dicha liquidación podrá entregarse haciendo uso de tecnologías de digitalización, información y comunicación.

¿Si el turno de trabajo empieza el miércoles 7 de diciembre y concluye el jueves 8 de diciembre de 2022 se considera que trabajó en día ?

No se considera que se ha trabajado en día feriado si el turno de trabajo inicia el miércoles 7 de diciembre y concluye el 8 de diciembre del año en curso.

¿Qué ocurre si los trabajadores realizan labores durante el 8 y/o 9 de diciembre?

Los trabajadores que presten servicios de forma remota y/o presencial durante uno o ambos feriados, sin descanso sustitutorio, tendrán derecho a recibir:

– La remuneración por día feriado.

– La remuneración por las labores realizadas en el día feriado.

– El pago de la sobretasa del 100%.

¿Cuáles son las consecuencias por incumplir las disposiciones relacionadas al descanso por feriado?

El incumplimiento de las disposiciones relacionadas al descanso por día feriado constituye una infracción muy grave en materia de relaciones laborales, que puede ser sancionada hasta con S/ 53,176.00 (11.56 UIT), considerando un máximo de 100 trabajadores afectados.

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— Diario El (@DiarioElPeruano) December 8, 2022

FUENTE: El Peruano

Syma
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