MTPE: EMPRESAS DEBEN INCORPORAR ACCIONES FRENTE AL VIH Y SIDA

Ministerio recomienda a empleadores elaborar políticas e implementar programas que promuevan y protejan los derechos laborales de los afectados por esta enfermedad. Está prohibido que el empleador exija la prueba del VIH o la exhibición del resultado de la misma.

MTPE: Empresas deben incorporar acciones frente al VIH y Sida

El de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) recordó a las empresas, que cuenta con 100 a más trabajadores, que en sus reglamentos internos de trabajo y su organización laboral, deben de incorporar acciones frente al VIH y Sida.

Recordó que así lo establece la Resolución Ministerial N° 376-2008-TR, que aprueba las “Medidas Nacionales frente al VIH y Sida en el lugar de trabajo”, y que contiene las obligaciones y derechos de empleadores, trabajadores y personas que buscan empleo, orientadas a prevenir y controlar esta enfermedad.

Asimismo, se recomienda a los empleadores elaborar políticas e implementar programas, que permitan brindar efectivo cumplimiento a las acciones incorporadas en sus respectivos reglamentos internos de trabajo, respecto de este mal.

Entre ellas, promover y proteger los derechos laborales de las personas que viven con el VIH; implementar medidas orientadas a prevenir la transmisión del mal; brindar asistencia y apoyo a los/as trabajadores afectados por esta enfermedad; así como prevenir y sancionar la comisión de actos discriminatorios hacia las personas que viven con el VIH.

Prohibido exigir prueba del VIH

El MTPE recordó, asimismo, que está prohibido que el empleador exija la prueba del VIH o la exhibición del resultado de la misma, al momento de contratar trabajadores, durante la relación laboral o como requisito para continuar en el trabajo.

Igualmente, que las personas que se encuentran en una actividad laboral bajo dependencia, que han desarrollado el Sida y que, como consecuencia de dicha enfermedad, de conformidad con la normatividad vigente, califican para obtener una pensión de invalidez, llevan a cabo el trámite pertinente ya sea ante la ONP o ante la AFP respectiva.

FUENTE: El Peruano

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